Explicación sobre la doctrina Parot

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  • La doctrina Parot consiste en una interpretación sobre la aplicación de los beneficios penitenciarios. Si se aplican sobre el total de la pena o sobre el máximo legal permitido de permanencia en prisión.
  • Henri Parot, miembro de ETA, da nombre a esta doctrina del Tribunal Supremo, que establece que el computo de los beneficios penitenciarios se acuerde sobre cada una de las penas individualmente y no sobre el máximo de años de permanencia en prisión.
  • El tiempo máximo de permanencia en prisión según el Código Penal de 1973 es de 30 años

Hoy leemos en prensa que al asesino de Olga Sangrador se le aplica la conocida como Doctrina Parot sobre aplicación de los beneficios penitenciario. ¿Y esto que significa?, pues que los beneficios penitenciarios se aplican sobre el total de la pena, y no sobre el tiempo máximo de permanencia en prisión según el Código Penal aplicable cuando fue juzgado, y por lo tanto esto implica que con la doctrina Parot elegida por el tribunal vallisoletano se aplican al asesino de la pequeña Olga beneficios respecto del total de los 63 años y cuatro meses de cárcel en distintas condenas que tiene en su haber, 50 de ellos por el rapto, violación y asesinato de la niña y otros 13 años y cuatro meses más por diferentes violaciones cometidas antes del crimen, con lo que permanecerá en prisión hasta 2025 y no recuperará su libertad hasta contar con 60 años.

Desde el punto de vista personal, recuerdo perfectamente la alarma social que se crea en Valladolid con este asunto que, en 1992 generó autentico miedo entre las jóvenes y adolescentes de la provincia.

Antecedentes de la doctrina Parot

El Supremo estableció en su sentencia 197/2006 que las redenciones de la pena por beneficios penitenciarios como el trabajo no debían descontarse del tiempo máximo de estancia en prisión, que el Código Penal de 1973 fijaba en 30 años, sino a cada una de las condenas individualmente. El Código Penal del 73 establecía un día de redención por cada dos de trabajo de forma que terroristas condenados a cientos de años de prisión podían salir de la cárcel sin apenas haber cumplido 20 años.

La doctrina Parot establecía que los beneficios fueran por lo tanto descontados de cada una de las penas que se iban cumpliendo sucesivamente empezando por la de mayor cuantía.

«Extinguida la pena, con las redenciones y beneficios que le puedan ser aplicables, comenzará el cumplimiento de la siguiente y ello por el orden sucesivo de su respectiva gravedad. De modo que si el penado ingresó en 1990, finalizará el máximo cumplimiento en 2020», fijó entonces el Supremo.

Doctrina de Tribunal Constitucional

El Tribunal avaló la Doctrina Parot  al ratificar su aplicación en 28 de los 31 recursos presentados por presos de ETA el pasado 29 de marzo. En el caso de los otros tres, aceptó sus recursos al considerar que mantenerlos en prisión era inconstitucional. El TC consideró que no impide el fin de la reinserción al que se orienta la política penitenciaria, aunque reconoce que dificulta «objetivamente» la posibilidad de reducir automáticamente el límite máximo de cumplimiento, fijado en 30 años de prisión.

El Constitucional aseguró que la aplicación de la doctrina no supone un obstáculo para que los penados puedan cumplir su condena con arreglo a las previsiones de la legislación penitenciaria. No obstante, cinco magistrados emitieron un voto discrepante al entender que la doctrina Parot carece de lógica y de base legal y además lesiona el derecho fundamental a la libertad.

Norte de Castilla: Doctrina Parot al asesino de Olga Sangrador

 

3 comentarios sobre “Explicación sobre la doctrina Parot

  1. Hola hoy he tenido un juicio rapido por como dice mi jefe por amenazas y ha traído con el 3 testigos diciendo mentiras uno de ellos estaba de vacaciones aquella día .y yo he traido con migo un testigo que estaba presente a los hechos pero el juez no me ha dejado presentar ningun pruebas ni la denonsea qui yo a denonseado antes y tampoco estaba el fescal estoy muy procopada por los resultados

    1. Muy buenas,

      Entiendo que hay versiones contradictorias, lo lógico es que el juez decida conforme a lo que se haya probado, en cualquier caso siempre puede recurrir si la sentencia no se ajusta a derecho.

      Si quieres, mándame mas detalles al correo del despacho morem08@gmail.com.

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